A partir de esta modificación legal, quienes incurran en esta práctica —ya sean franeleros o vecinos— enfrentan multas que van de 1,290.41 a 4,692.40 pesos, de acuerdo con la gravedad del caso y la reincidencia. Los montos se calculan con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA), cuyo valor diario es de 117.31 pesos, conforme a los lineamientos vigentes.
Además de la sanción económica, la ley establece un arresto inconmutable de entre 24 y 36 horas, sin posibilidad de fianza. La duración de la detención es determinada por un juez cívico, quien evalúa las circunstancias del caso y los antecedentes de la persona infractora.
La reforma busca atender una de las quejas más recurrentes de la ciudadanía: la apropiación indebida del espacio público mediante el uso de objetos como botes, cubetas, cajas u otros obstáculos para apartar lugares de estacionamiento en calles y avenidas de la capital.
De acuerdo con el Congreso de la Ciudad de México, estas medidas tienen como finalidad garantizar el libre tránsito, mejorar la convivencia vecinal y poner fin a prácticas que derivan en extorsiones o conflictos entre automovilistas y particulares que controlan de manera informal la vía pública.
La iniciativa fue aprobada en agosto de 2025 por el Congreso capitalino e impulsada por la entonces jefa de Gobierno, Clara Brugada, como parte de una estrategia integral para fortalecer la cultura cívica y el respeto al uso común de los espacios urbanos.
Para denunciar estas conductas, la ciudadanía puede comunicarse al número de emergencias 911 o acudir directamente a un juzgado cívico. Se recomienda presentar evidencia como fotografías o videos del lugar, así como de los objetos utilizados para apartar los espacios, a fin de facilitar la intervención de las autoridades.
Las autoridades capitalinas han reiterado que la aplicación de estas sanciones será general y sin distinción, con el propósito de enviar un mensaje claro sobre la prohibición de privatizar la vía pública y fomentar el cumplimiento de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial local.
Fuentes: Congreso de la Ciudad de México; Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México; Gaceta Oficial de la Ciudad de México; Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC).











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